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BOLETÍN DE PRENSA 6 DE JULIO DE 2011
EL TIEMPO
FUTURAS MADRES PODRÁN DEJAR DE TRABAJAR DOS SEMANAS ANTES DEL PARTO
Ley sancionada por el Presidente amplía licencia de maternidad de 12 a 14 semanas
En adelante, los nacimientos en taxis y los afanes por llegar a la clínica para dar a luz deberían ser excepcionales. Una ley presentada ayer por el presidente Juan Manuel Santos otorga a las madres dos semanas libres remuneradas antes del parto. La ley fue fruto de la acumulación de cuatro iniciativas que presentaron tres senadores de 'la U' (Claudia Wílchez, Dilian Francisca Toro y Juan Lozano) y la senadora del Movimiento Mira, Alexandra Moreno.
Si el parto es múltiple (de mellizos o trillizos, por ejemplo), la licencia de maternidad se amplía de 14 a 16 semanas. "Es un derecho que les estábamos debiendo a las madres y los niños de Colombia", afirmó el presidente Santos.
Según la senadora Wílchez, con esta medida, Colombia acoge la recomendación que le había hecho la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El beneficio también se aplica a las madres adoptantes.
Asimismo, la senadora Toro explicó que si la madre prefiere tomarse las dos semanas después del parto para darle más leche materna a su hijo, se le permite que tome una semana antes del nacimiento, y la otra, después.
En caso de que la mujer fallezca, el papá del bebé puede tomarse las semanas adicionales.
Si el bebé es prematuro, se cuentan las semanas que le faltaron a la madre de embarazo y se suman a la licencia.
PROPONEN QUE JUECES NO PUEDAN TUTELAR FALLOS DE TRIBUNALES Y CORTES
Ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, anunció que idea se incluirá de reforma de la Justicia.
Vargas Lleras anunció que dentro de la reforma de la Justicia que presentará a consideración del Congreso el próximo 20 de Julio, el Gobierno propondrá que la tutela, en lo que tiene que ver con decisiones judiciales, no proceda de jueces contra fallos de tribunales o de altas cortes.
El Ministro aclaró que la reglamentación a la tutela "no es contra el ciudadano" que ejerce su derecho, sino que se encamina a poner orden para que jueces de menor jerarquía no dejen sin piso decisiones de instancias superiores.
"Cuando hablo de reglamentar la tutela, no es para restringirla sino para reglar su procedencia cuando se interpone contra providencias judiciales. El Gobierno cree que no debe haber procedencia de tutelas de inferiores contra superiores jerárquicos", aclaró Vargas Lleras.
Esta semana las altas cortes presentarán sus propuestas de reforma a la Justicia.
Justicia, una cartera con dos viceministerios
El ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas, habló también ayer sobre la reestructuración del Estado, aprobada por el Congreso.
Según Vargas, el nuevo ministerio de Justicia será una cartera "con cuerpo y de primer orden".
EL TIEMPO conoció que esa dependencia tendrá dos viceministerios.
El primero de estos se dedicará a manejar asuntos de eficiencia de la Rama, como el acceso a la justicia, la celeridad de los procesos y la descongestión judicial.
El segundo manejará temas relacionados con el derecho penal, como son la justicia transicional y drogas.
A esta nueva cartera quedarán adscritas entidades como Inpec y la Superintendencia de Notariado y Registro. También tendrá a su cargo la Agencia de Defensa Jurídica de la Nación.
De acuerdo con Vargas, "se están recibiendo sugerencias de los magistrados de las altas cortes para ser estudiadas a fin de que queden en el decreto que crea la nueva cartera".
El decreto que lo crea estaría listo antes de 15 días.
Formalidad e inspección, ejes del nuevo Mintrabajo
El Gobierno está laborando sin pausa para que el ministerio del trabajo, hoy fundido con el de Salud en la cartera de la Protección Social, sea un hecho el próximo mes. Recientemente, el titular de la Protección Social, Mauricio Santa María, aseguró que en agosto el país contaría de nuevo con esa cartera, desaparecida hace nueve años.
Para ello, el Ejecutivo cuenta con las facultades que le otorgó el Congreso para escindir los ministerios.
El texto preliminar del decreto, en cuya construcción ha tenido el acompañamiento técnico de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), contiene 52 artículos y fue presentado la semana pasada, para su discusión, a la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales (integradas por voceros de los trabajadores y empleadores).
La generación de empleo formal y la inspección, vigilancia y control son las dos columnas sobre las que se levantará la nueva cartera de trabajo.
Uno de los considerandos del borrador de decreto señala que el ministerio del Trabajo será responsable del fomento y de las estrategias para la creación permanente de empleo estable en el país.
DERECHOS DE LOS NIÑOS ESTABLECIDOS EN CARTA DEL 91 NO SON SUFICIENTES
Hacer valer los derechos de los niños sería una de las mejores celebraciones de la Constitución.
A los menores los siguen maltratando, explotando, matando y asesinando. Es hora de reivindicarlos.
Sin lugar a dudas la Constitución del 91 ofreció a los colombianos, sobre todo a los adultos, garantías sociales, políticas, legales, culturales y religiosas en la búsqueda de una sociedad moderna, equitativa e igualitaria. En eso estamos.
Para los niños y niñas, por primera vez se señaló, en el Artículo 44, la prevalencia de sus derechos sobre los demás, gracias, entre otros, a Angelino Garzón, Guillermo Perry e Iván Marulanda. Sin embargo, estamos muy lejos de hacer realidad ese principio, que es de elemental "sentido común" en una sociedad que pretenda ser viable, sostenible, ética y moralmente correcta. Si sumáramos las proyecciones, a una generación completa, que son justamente los 20 años de la Constitución, se le han vulnerado de forma grave sus derechos. Fueron asesinados, violados o explotados sexualmente, maltratados severamente, secuestrados o desaparecidos.
Millones de personas hoy adultas vivieron infiernos en su infancia y miles de niños fueron asesinados en episodios de violencia sexual, maltrato severo o por acciones de la delincuencia común, de guerrilleros o paramilitares. Miles de esas muertes y atrocidades están en la impunidad. Hasta es socialmente aceptado vulnerar derechos de los niños. Se cometen delitos contra ellos a la luz pública, como explotarlos laboralmente, y nadie los impide o castiga. Hay más de 1 millón de niños explotados.
La prueba irrefutable y contundente de la demora y desconocimiento de la primacía de derechos de los niños es el caso de Luis Alfredo Garavito, considerado el mayor violador y asesino de niños. Ocho años después de promulgada la Constitución se conoció que por lo menos 170 niños fueron torturados, violados y asesinados, y no fue ningún agravante que las víctimas fueran menores, y en esa cantidad. La máxima pena era de 40 años, y ni un solo juez condenó a Garavito a ese tiempo. Se lograron finalmente los 40 años por la redosificación, pero desde el comienzo ese individuo gozó de beneficios, por lo que va a salir de la cárcel, más temprano que tarde. Y todo después de la Constitución del 91.
No obstante la prevalencia de los derechos de los niños y esa violencia tan evidente, pasaron 15 años para lograr un Código de Infancia que desarrollara, así fuera tímidamente en algunos aspectos, ese principio.
La Corte Constitucional ha desarrollado la prevalencia de los niños en completos fallos, pero las decisiones institucionales, políticas, punitivas y económicas no se corresponden con esas jurisprudencias. ¿Cuántas personas han estado presas por desacatar esos mandatos o, por lo menos, cuántos servidores públicos han perdido sus cargos por no hacerlos cumplir?
El Congreso ha reformado 72 artículos de la Constitución a través de actos legislativos, se cambió un artículo por referendo de iniciativa gubernamental y hace cuatro años millones de colombianos estamos tratando de hacer uso de otro mecanismo que la misma Constitución le brinda al pueblo, para modificarla mediante una iniciativa popular.
Estamos buscando imponer como excepción la pena de hasta prisión perpetua para castigar delitos atroces contra los niños. Entre otras, para hacer cierta la primacía de sus derechos y acatar uno de los fallos de tutela que señaló que el deber del Estado hacia los niños "prevalece sobre cualquier otra consideración social, política, jurídica o económica".
Qué mejor celebración de los 20 años de la Constitución que el pueblo pueda ejercer el derecho y el deber de decidir sobre la prevalencia de los derechos de sus niños. Hay una deuda muy grande con ellos, que hay que empezar a pagar.
Sobre la autora
Gilma Jiménez es congresista del Partido Verde y ha hecho suya la defensa de los niños que sufren abuso sexual. Impulsa un referendo para que se dé cadena a perpetua a los violadores de menores.
NOMBRAN DOS MIL NUEVOS JUECES EN LA RAMA JUDICIAL
Servirán para atender la congestión de procesos, confirmó el Consejo Superior de la Judicatura.
Los nuevos servidores judiciales ocuparan 319 juzgados Civiles, Laborales y de Familia, mientras que otros 701 jueces entrará a servir de apoyo a los actuales despachos.
La Sala Administrativa del consejo Superior dijo que en el plan de descongestión se han invertido 80 mil millones de pesos y los nuevos jueces serán distribuidos en 1.071 municipios del país.
Con la medida se espera disminuir en 129.690 el inventario total de expedientes que es de 2.095014 procesos.
DOS DISCURSOS
Camilo González Posso
Muchos han sido los discursos que se han escuchado para conmemorar los 20 años de la Constitución entre alabanzas y críticas.
En realidad han sido muchos los discursos que se han escuchado en estos días para conmemorar los 20 años de la promulgación de la Constitución Política que ordena las instituciones en Colombia.
Pero no deja de ser curioso que entre tantas alabanzas y críticas sobresalgan las posturas de quienes consideran que la Asamblea Constituyente de 1991 dejó el marco de referencia para la construcción de la democracia y la paz en el siglo XXI y quienes dicen que es una constitución fallida.
La primera línea divisoria entre defensores y detractores se reflejó en el acto de firma de la Proclama de renovación del pacto constituyente, realizado el 30 de junio en la Plaza de Armas del Palacio de Nariño. Fue notoria la ausencia del ex presidente Álvaro Uribe Vélez en esa mesa, en la que se sentaron el presidente Santos, los presidentes de la Constituyente y de la Corte Constitucional y los ex presidentes Betancourt y Gaviria.
La ausencia de Uribe puede tener motivos inmediatos de distinta índole, incluso emergencias con alguno de sus semovientes, pero en definitiva es consistente con su postura, en estos días repetida, sobre la supuesta ilegitimidad de la Asamblea Constituyente y de los excesos de la Constitución en materia de derechos. Uribe ha dicho que lo que se dio en realidad en 1990 con la séptima papeleta, el voto promovido por Barco y la sentencia de la Corte otorgándole poderes ilimitados a la Asamblea fue un golpe de estado o un acto de subversión extrainstitucional inaceptable. Pero, además, no ha dejado de contraponer su visión de Estado comunitario a la concepción de Estado Social de Derecho que nos rige. Desde su visión favorable de un Estado autoritario y neoconservador y su interés de formalizar el poder de sus aliados de curiosa ortografía, ha promovido un Ejecutivo más fuerte, mayores ventajas para el capital y menor regulación estatal, así como la precarización del trabajo, la privatización extrema de lo público y la restricción de los derechos colectivos y las libertades ciudadanas.
En el campo de los detractores de la Constitución de 1991, por el lado de la izquierda más radical, se han pronunciado quienes consideran que en esencia se trata de una Carta neoliberal camuflada por la reiteración de enunciados generales de derechos humanos. También desde este ángulo se requiere otra constitución, si de lo que se trata es de lograr mayor democracia y justicia social en las próximas décadas.
Pero entre los defensores de la Constitución de 1991 también hay dos discursos. Por un lado están los discursos del poder que durante estas dos décadas se ha encargado de darles vida a los mandatos de la Constituyente, y lo han hecho mediante reformas, leyes y otras normas que siempre han significado restricciones en los propósitos de democratización y de equidad. Y por otro lado se encuentran las posturas de socialdemócratas, liberales sociales, socialcristianos, socialistas y otros que han resistido sin mayor éxito a las fuerzas de la contrarreforma, pero que todavía consideran que la matriz del Estado Social y de la democracia desde la inclusión sigue teniendo vigencia para la búsqueda de la equidad y de la paz.
Así que la conmemoración del pacto constituyente se hace inevitablemente en medio de la confrontación de dos, o mejor, de cuatro discursos sobre el presente y futuro institucional de Colombia.
EL ESPECTADOR
REVOLCÓN A LA JUSTICIA ARRANCA EL LUNES
Contará con la creación de un nuevo ministerio para esta rama del poder público.
El martes el ministro del Interior y Justicia, Germán Vargas Lleras, socializó el borrador del decreto con el cual se definen las funciones de esta nueva cartera y le pidió a los magistrados de las altas cortes que lo analicen y presenten los aportes que consideren pertinentes, antes de que el presidente Juan Manuel Santos lo sancione. “Estaremos pendientes para la discusión de los temas y recibiendo las sugerencias que las diferentes jurisdicciones tengan para formular a los anteproyectos de decretos que le darán vida a la nueva cartera”, afirmó Vargas Lleras.
Pero el tema de fondo es la reforma a la justicia, cuyo trámite no ha sido posible, pese a que más de cinco ministros del Interior y Justicia han tratado de sacarla adelante. Precisamente, Vargas Lleras reconoció que “hay temas en los que tenemos divergencias con los representantes de la rama judicial, como la reglamentación de la tutela, la figura del presidente judicial y asuntos que tienen que ver con la no retroactividad de las sentencias, pero espero que ese encuentro del lunes sea el espacio adecuado para buscar un consenso”.
Entre las prioridades en la discusión sobre el nuevo rumbo que debe tomar la rama judicial están: el acceso del colombiano a la justicia, la descongestión de los tribunales, la seguridad jurídica, los asuntos institucionales y el juzgamiento de los funcionarios aforados.
Uno de los temas que más debate generará será la reforma en algunos aspectos de la acción de tutela, al respeto Vargas Lleras dijo: “La reglamentación a la tutela no es contra el ciudadano que la ejerce, es reglamentarla contra providencias judiciales. Quiero hacer esa precisión: no es para restringir la tutela, sino para reglar la procedencia de la misma en lo que tiene que ver cuando se interpone contra providencias judiciales”.
La idea del Gobierno, en este punto, es que no aplique la acción de tutela contra las decisiones de un tribunal de mayor jerarquía, como está ocurriendo en la actualidad, lo que viene generando choques en el interior de la Rama Judicial.
Ahora está todo definido para que en el encuentro, que comienza el próximo lunes, los representantes de la rama presenten sus puntos de vista sobre la reorganización de la justicia, con la creación del nuevo ministerio y los puntos que consideran necesarios incluir en la reforma. Hasta ahora lo único claro es que el pulso no será fácil.
UNA ESTRATEGIA PARA CERRAR LA BRECHA DE DESIGUALDADES
ONU para las mujeres
Por: Michelle Bachelet*
Michelle Bachelet, expresidenta de Chile, explica las razones que llevaron al organismo multilateral a crear una agencia dedicada a trabajar por la igualdad de género.
A pesar de que 117 países tienen leyes de igualdad de remuneración, a las mujeres se les sigue pagando entre 10% y 30% menos que a los hombres.
Las mujeres de todo el mundo disfrutan hoy de mayores oportunidades y libertades que nunca antes en la historia. Se trata de una revolución pacífica, apoyada en una extraordinaria transformación de los derechos legales. Casi todos los países han firmado los acuerdos internacionales que marcan su compromiso para prohibir la discriminación contra las mujeres. Cerca de 140 constituciones nacionales garantizan específicamente la igualdad de género.
A pesar de los avances normativos, lamentablemente sigue existiendo una inmensa brecha entre estas esperadas garantías legales y la vida cotidiana de las mujeres. Se trata de un déficit de justicia que se puede encontrar en los países ricos y pobres por igual.
Sin embargo, no son sólo las mujeres las que sufren este fracaso de la justicia. Todos lo sufrimos, sea cual sea nuestro sexo. Sin dudas, la fuerza, la habilidad y la sabiduría de la mujer son el mayor recurso que la humanidad no ha explotado aún. Es un potencial que simplemente no podemos permitirnos el lujo de seguir perdiendo.
Fue este reconocimiento el que llevó a la creación de ONU Mujeres, que reúne a todas las agencias de la ONU con competencias sobre la igualdad de género. Fue nuestro reconocimiento de que la brecha de la justicia era fundamental para eliminar las barreras para la igualdad lo que se convirtió en el tema de nuestro primer informe: Progreso de las mujeres del mundo: en busca de la justicia.
Se trata de un informe exhaustivo y preocupante que cataloga a la vez la falta de protección legal de las mujeres y las razones de este fracaso. En algunos casos, puede ocurrir que sean las mismas leyes las que sean injustas. El embarazo precoz y el parto siguen siendo las causas principales de muerte entre las jóvenes de 15 a 19 años en los países en vías de desarrollo. Sin embargo, en no menos de 50 países, la edad del matrimonio para las niñas sigue siendo inferior a la de los niños. En más de 40 economías, las mujeres siguen siendo excluidas de determinados puestos de trabajo.
Pero en muchos casos, se les niega a las mujeres un trato justo a causa del fallo en la defensa de los derechos legales que se les ha concedido, ya sea por falta de recursos, de voluntad o por obstáculos culturales. Hemos descubierto que las mujeres tienen tres veces menos probabilidades de informar de un ataque sexual que de un robo. Es muy fácil entender por qué. Un estudio europeo encontró que sólo un promedio de 14% de las violaciones denunciadas terminó en una condena.
También hemos encontrado una brecha similar en la esfera económica. A pesar de que 117 países tienen leyes de igualdad de remuneración, a las mujeres se les sigue pagando entre 10% y 30% menos que a los hombres.
Sin embargo, no todo son malas noticias. Además de identificar dónde no se hace justicia a la mujer, el informe también identifica dónde y cómo se están haciendo progresos. Esto demuestra, por ejemplo, cómo la propia ley, a través de casos históricos, ha ayudado a impulsar el cambio y a modificar las actitudes. Vemos así cuán vital es un aumento de la representación femenina en los congresos, la judicatura y en las fuerzas de seguridad para promover los derechos de las mujeres.
Me resulta alentador que el número de países donde las mujeres constituyen más de 30% de los congresistas es ahora de 28, entre los que se pueden encontrar desde Tanzania a Costa Rica, desde Ruanda a España. Son todavía muy pocos, por supuesto, pero es un aumento de siete veces respecto a la situación de 1997.
Hemos comprobado como medidas prácticas y factibles pueden marcar una gran diferencia. Un aumento en el número de mujeres policía ayuda a superar la reticencia a denunciar las agresiones sexuales. Las condenas se incrementan cuando la policía se une a los servicios forenses, sanitarios y legales en una ventanilla única. En Suecia, el permiso de paternidad mejorado ha reducido la brecha salarial de género. En Nepal, las exenciones fiscales han incentivado que las familias transfieran sus tierras a hijas, hermanas y esposas.
Pero todavía hay mucho por hacer. Por ejemplo está claro que necesitamos una acción decidida para proteger y promover los derechos de las mujeres en las sociedades posconflicto. La focalización de las mujeres como víctimas de la violencia sexual se ha convertido en un hecho inaceptable de la guerra moderna. Son las mujeres, también, las que han demostrado ser esenciales en la curación de las heridas de estas sociedades y en el aseguramiento de una paz duradera y justa.
Por todo ello, nuestro informe es una llamada a la acción – fijar retos para los gobiernos nacionales, la sociedad civil y la comunidad internacional. En él se esboza una agenda que, al garantizar que las leyes y el sistema legal abordarán las desigualdades contra la mujer, acelerará el progreso hacia nuestros objetivos de un mundo mejor.
CINCO AÑOS DE CÁRCEL A EXFUNCIONARIO DEL ISS POR FRAUDE A LA SALUD
Además, deberá cancelar más $17.800 millones, equivalentes a más de 33 mil salarios mínimos.
A cinco años de cárcel fue condenado el exfuncionario del Instituto de Seguro Sociales, ISS, Omar Rojas Niño por su responsabilidad en el fraude del sector salud, según lo determinó un juez con funciones de Conocimiento de Manizales, Caldas.
El operador jurídico comprobó que cuando el exfuncionario se desempañaba como contratista de la entidad en el área económica se quedó con gran parte de los recursos adeudados por la empresa Excursiones Amistad al Seguro.
Según la investigación, desde su incorporación, en agosto 20 de 2008, empezó a negociar con el deudor el pago del compromiso financiero, que era de 15 millones y terminó en 750 mil pesos.
Rojas Niño no solo adelantó los acuerdos sin autorización y de manera irregular sino que se apropió parte de los pagos, concluyó el juez, al acotar que el economista entregó el respectivo paz y salvo al deudor, pese al enorme faltante.
El condenado permanece en la Cárcel de Varones del Distrito Judicial de Manizales, tras su detención el pasado 5 de mayo, que hicieron efectiva agentes del Cuerpo Técnico de Investigación, CTI, de la Fiscalía.
LA CARTA VEINTEAÑERA
Por: Daniel García-Peña
La constitución de 1991 es de lejos el salto institucional más democrático y progresista que ha tenido nuestro país.
Antes de 1991, Colombia no se reconocía a sí misma como multiétnica ni diversa, sino que se definía como hispana y blanca. No había separación entre Estado e Iglesia (“La religión católica, apostólica, romana, es la de la Nación”, rezaba la Constitución de 1886) y para divorciarse se necesitaba ir a Venezuela o Panamá. Los gobernadores departamentales no eran elegidos popularmente, sino nombrados por el presidente, y hasta tres años antes, los alcaldes municipales también. Los presidentes gobernaron por decreto durante buena parte del siglo pasado, por razones de orden público, nunca escasas en Colombia.
Pero lo más increíble de la Constitución de 1991 y quizá su principal característica es que, a diferencia de otros países y de nuestra propia historia, no fue el fruto de una guerra civil o del triunfo de un proceso revolucionario ni tuvo tras de ella un partido político sino que nació como iniciativa ciudadana.
En sus inicios, el propio gobierno de César Gaviria hablaba de una reforma constitucional a la carta vigente. Pero ante la desfavorable correlación de fuerzas en la asamblea, finalmente accedió a darle carácter de “constituyente”, con la revocatoria del mandato del Congreso existente, lo que motivó la renuncia de Misael Pastrana. Por ello, a Gaviria hay que reconocerle, no tanto por haber sido su impulsor original, sino por haber tenido el valor democrático de permitir su desarrollo y, más recientemente, por defenderla con inteligencia y ahínco.
Pero lo cierto es que una vez promulgada, no había sujeto político para hacerse cargo de su implementación. En un acto que algunos calificaron como grandeza y otros como un haraquiri, los constituyentes, los más indicados para realizar esa tarea, decidieron autoinhabilitarse. Las dos nuevas fuerzas políticas que dominaron la Constituyente, la Alianza Democrática M-19 y el Movimiento de Salvación Nacional, se desvanecieron de inmediato y la carta recién nacida quedó en manos de los partidos tradicionales. Para rematar, como bien lo dice León Valencia, a la Constitución de 1991 empezaron a dispararle la extrema izquierda y la extrema derecha desde su nacimiento.
Huérfana, fue adoptada por los ciudadanos y ciudadanas. Mientras la Constitución de Río Negro fue la de los liberales radicales y la de 1886 la de la regeneración conservadora, la Constitución de 1991 ha sido de la gente.
Con tutela en mano, personas comunes y corrientes se encargaron de defenderla y desarrollarla, logrando, por ejemplo, avances en temas sensibles como el aborto y los derechos para las parejas del mismo sexo.
Nuestro sistema político aún está lejos de ser una democracia real y efectiva, pero es indiscutible que a partir de la carta veinteañera se empezó a afianzar un nuevo proyecto de país.
No deja de ser curioso que los únicos que hoy hablan de una nueva Constituyente sean, por un lado, quienes añoran el regreso de Uribe a la presidencia y, por otro, las Farc, no se sabe muy bien para qué. Por algo será.
EL NUEVO SIGLO
HOY ESTUDIARÁN SI PROHIBICIÓN DE DOSIS MÍNIMA ES CONSTITUCIONAL
El fallo de la Corte Constitucional podría darse entre esta y la otra semana. Los demandantes manifiestan que la norma sustituye el principio de autonomía personal
LA REFORMA a la Constitución que consagra la prohibición del porte y consumo de dosis mínimas de sustancias psicotrópicas, será analizada desde hoy por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
Este acto legislativo, que provocó manifestaciones en contra de la prohibición del porte de la dosis mínima en diciembre del 2009, fue demandado en una expresión del artículo primero que reza: “El porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica”.
Los demandantes argumentan que la expresión acusada sustituye el principio de la autonomía personal, ya que éste “es un elemento definitorio de la Constitución”.
De igual manera, exponen que el Estado no puede educar a las personas con normas represivas o limitar la libertad con sustento en prejuicios, tal como lo ha planteado la Corte Constitucional en las sentencias C-221 de 1994 y C-404 de 1998.
La demanda también manifiesta que dicha expresión busca atajar el consumo de sustancias estupefacientes y sicotrópicas, no como un problema de salud pública sino como una actividad moralmente incorrecta, para afirmar a renglón seguido que ello no corresponde a una sociedad pluralista y respetuosa de la dignidad humana.
De otro lado, en concepto rendido el pasado tres de marzo, el procurador Alejandro Ordóñez le pidió a la Sala Plena de la Corte Constitucional declarar la expresión demandada exequible.
El jefe del Ministerio Público argumentó que se puede establecer que “ninguno de los ejes definitorios de la identidad de la Constitución vigente, y tampoco la dimensión que en la misma se otorga a la autonomía personal, se ven desconocidos o alterados al punto de hacerlos nugatorios o sustituidos con la disposición que se acusa”.
Frente a la supuesta sustitución de la Constitución el jefe del órgano de control dijo que “antes que subvertir el orden constitucional y sustituir elementos definitorios del modelo de la Constitución, la reforma consulta los principios y valores que le imprimen a la República el carácter de Estado Social y Democrático de Derecho, al generar instrumentos efectivos para la garantía del derecho a la salud, para el aseguramiento de la vida en sociedad y para el logro de la paz, con implicaciones en la lucha contra la drogadicción como uno de los factores que afectan la vida en condiciones dignas”.
Finalmente en el tema específico de la prohibición del porte de sustancias alucinógenas, el Procurador General señaló que “la eliminación de la prohibición condicionada al consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas es contraria a dichos elementos definitorios del modelo de la Constitución que consagra la salud como derecho fundamental en conexidad con la vida y a un claro deber constitucional”.
Aunque la ley exige como requisito que para que una demanda contra un acto legislativo sea admitida, debe interponerse en un plazo máximo hasta un año después que cobre vigencia la respectiva norma, y que la misma sea interpuesta contra posibles vicios de procedimiento, la Procuraduría no hace alusión a este respecto.
Sin embargo, tal como ha pasado con otras reformas constitucionales que han sido declaradas inexequibles, la alta Corte examina la forma en que fue tramitada, pero si encuentra que hay una sustitución de la Carta Política, realiza también un estudio del fondo.
Desde el Gobierno de Álvaro Uribe se planteó la necesidad de reglamentar este acto legislativo, pero en el Congreso se le ha dado ponencia negativa a esta iniciativa. Con el cambio de Gobierno no se ha modificado esta situación, pues desde el año pasado el ministro del Interior y Justicia, Germán Vargas Lleras, advirtió que no hay presupuesto para hacer realidad todo el tratamiento integral del drogadicto, tal como lo demandaría la reglamentación del acto legislativo.
PUEBLOS INDÍGENAS, CIUDADANOS DE SEGUNDA
En medio del conflicto armado, del desastre invernal y de los proyectos de la gran minería, 34 pueblos indígenas de Colombia están al borde del exterminio
LA CONSTITUCIÓN de 1991 orgullosamente declara que somos un país pluricultural y multiétnico. A veinte años de su promulgación, los pueblos indígenas Wiwa, Kankuamo, Arhuaco, Kogui, Wayúu, Embera-Katío, Embera-Dobidá, Embera-Chamí, Wounaan, Awá, Nasa, Pijao, Koreguaje, Kofán, Siona, Betoy, Sikuani, Nukak-Makú, Guayabero, U’wa, Chimila, Yukpa, Kuna, Eperara-Siapidaara, Guambiano, Zenú, Yanacona, Kokonuko, Totoró, Huitoto, Inga, Kamentzá, Kichwa y Kuiva están al borde del exterminio.
Dos años y medio después de que la Corte Constitucional emitiera el Auto 004 de enero de 2009, la situación de los pueblos indígenas sí ha cambiado, pero para peor. La Corte señaló el riesgo inminente de exterminio de los pueblos indígenas, asegurando que el peligro puede ser por desaparición cultural “en razón al desplazamiento y dispersión de sus miembros, o desde el punto de punto de vista físico, debido a la muerte natural o violenta de sus integrantes”.
Si a la situación de abandono institucional, indefensión y exclusión histórica se le agregan los elementos propios de la crisis humanitaria resultantes del conflicto armado (reclutamiento forzado, minas antipersonal, confinamiento, desplazamiento forzado, masacres, asesinato selectivo de líderes, despojo, señalamientos, amenazas, hostigamientos y persecuciones, entre otros), la alta vulnerabilidad frente a la reciente ola invernal, el desarrollo de grandes proyectos agroindustriales, de exploración y explotación minera y de hidrocarburos, y si aún peor le añadimos la probada falta de celeridad de los procesos de salvaguarda y protección, evidentemente estamos a punto de “resolver” el problema: los pueblos indígenas no tardarán mucho en desaparecer.
Todas las partes involucradas en el conflicto armado siguen ignorando su condición de civiles y de personas protegidas; sus actuaciones bélicas siguen teniendo lugar en medio de los territorios ancestrales, lo cual sin duda limita el ejercicio efectivo de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas.
Mandatos de la Corte
Vista esta situación, el Auto 004 de la Corte Constitucional ratifica que el Estado colombiano está en la obligación de prevenir las causas y atender a la población indígena desplazada. Para ello dispuso diseñar y ejecutar dos instrumentos:
-El Programa de Garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas Afectados Por el Desplazamiento, y -Lo Planes de Salvaguarda Étnica ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado para cada uno de los 34 pueblos identificados como en peligro de extinción (casi la mitad de los que hay en el país).
Ambos instrumentos debían estar diseñados y en ejecución dentro de los seis meses siguientes a la notificación del Auto es decir, no después de julio de 2009. La Corte además dispuso que el Programa y los Planes deben ceñirse a los criterios de racionalidad constitucional, adoptar un enfoque diferencial y ser debidamente consultados con las organizaciones y líderes de los pueblos indígenas.
El cumplimiento de lo ordenado por el Auto 004 corresponde a la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom del Ministerio del Interior y de Justicia (MIJ). Para llevar a buen término el Programa y los Planes que señala el Auto, el MIJ debe coordinarse con Acción Social y con las instancias o agencias que sean necesarias para asegurar la protección efectiva por parte del Estado colombiano, y sin perjuicio del apoyo que se pueda recibir de la comunidad internacional o de las organizaciones de la sociedad civil. Por lo mismo, de acuerdo con el fallo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Protección Social y el Programa de Acción Integral contra las Minas Antipersonal tienen responsabilidades precisas en este campo.
Demasiado lentamente
En su Informe de marzo de 2011 a la Comisión de Seguimiento de la Sentencia T/025 de 2004 y con respecto al Programa de Garantía de Derechos, el gobierno nacional precisa que sigue llevando a cabo encuentros o talleres en procura de concertar el Programa “antes de junio de 2011”; también trabaja para tener formulados los 34 Planes de Salvaguarda Étnica entre septiembre y noviembre del presente año.
Así mismo se sabe que a la fecha han sido concertados 24 “marcos lógicos” con los pueblos indígenas y que, así hayan requerido más tiempo del deseable, los procesos avanzan y se espera que antes de fin de año estén en operación el Programa y los Planes.
Es más, esta misma semana tuvo lugar la reunión de la Mesa Nacional de Concertación de los Pueblos Indígenas, donde deben revisarse más de 2.500 propuestas formuladas por ellos; su discusión sin embargo se aplazó para una reunión extraordinaria convocada para la próxima semana.
Es pues claro que el gobierno Santos se interesa en elaborar los Planes, y que en efecto el proceso de concertación con los pueblos afectados es bastante complejo.
Pero también hay que notar que las respuestas del gobierno son demasiado lentas. Por ejemplo el pueblo Awá de Nariño y Putumayo elaboró su propio Plan de Salvaguarda en 2010 pero no ha podido concertarlo con el gobierno ni ha sido puesto en marcha pese a que en marzo pasado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó medidas cautelares de vida e integridad para los Awá.
La urgencia es obvia: continúa la violencia de los actores armados contra los pueblos indígenas. Según cifras oficiales, entre enero y mayo del presente año los homicidios de indígenas llegaron a 47, un aumento de 38 por ciento frente al mismo período de 2010. En el año 2009, fueron 106 los indígenas asesinados y en 2008 se registraron 71. No obstante el Auto de la Corte, la cifra de homicidios aumenta año a año.
Otras voces
-Para Luis Evelis Andrade, Presidente de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) la formulación y concertación del Programa Integral y de los Planes de Salvaguarda han sido demasiado lenta, y aún cuando reconoce los esfuerzos, señala la grave desarticulación institucional pues la concertación con los indígenas va en contravía de otras grandes decisiones nacionales que afectan sus derechos. Le preocupa en especial la llamada “locomotora minera”, pues según él se han entregado títulos en territorios indígenas sin consulta previa. También lo intranquiliza el TLC con la Unión Europea, pues este implicaría acuerdos inconsistentes con el respeto de sus derechos y sus territorios.
-De acuerdo con el Informe de la CIDH, a la fecha no existen ni el Programa de Garantía de los Derechos ni ningún Plan de Salvaguarda Étnica. El cumplimiento del Auto 004 ha sido entonces precario y aunque se han dado avances, no se ha actuado con la urgencia que demandó la Corte y que sigue demandando la violencia continuada contra los pueblos indígenas. El informe también señala los riesgos derivados de proyectos de explotación minera y de hidrocarburos, pues los procesos de consulta previa se conciben como “meros trámites formales”.
Qué nos pasa
Por acción lenta o completa omisión, los pueblos indígenas siguen condenados al exterminio. No importa lo que ordene la Corte Constitucional, qué diga la Comisión de Seguimiento, cuánto programas inicien la comunidad internacional o las organizaciones de la sociedad civil. Tampoco importa cuánto luchen los propios pueblos indígenas por recobrar su relación profunda con la naturaleza o la continuidad de su historia ancestral, por alcanzar la dignidad basada en el ejercicio de todos sus derechos.
Los pueblos indígenas de Colombia no son prioridad ni para la sociedad ni para los gobiernos de turno. Nuestra élite está muy lejos de creer en ese país plural y múltiple que se dibuja en la Constitución, y de hecho trabaja en contra suya. Por eso urge descubrir los valores de solidaridad, respeto y celebración de las diferencias, por eso urge un Estado que a partir del compromiso con lo público entienda que su primera obligación es garantizar la vida de los más vulnerables.
CONSERVADORES ADECUAN LISTAS A LA REFORMA POLÍTICA
DNC amplió plazo para sus candidatos.
CON EL fin de “garantizar la participación del género femenino en las próximas elecciones del 30 de octubre” y dado “que en varias de las listas que hasta ahora han sido allegadas por los diferentes directorios tanto departamentales, municipales y distritales, como también las juntas administradoras locales no se evidencian un porcentaje representativo de este género”, el Directorio Nacional Conservador (DNC) amplió el plazo para que se inscriban candidatos a las elecciones.
Además, a través de una circular, los conservadores definieron los requisitos para concertar alianzas regionales con otras organizaciones políticas.
Mujeres
En la resolución 031 el DNC decidió “reestructurar las listas a corporaciones públicas cumpliendo con el espíritu de la Ley Estatutaria de la Reforma Política”, en particular el artículo 28.
El nuevo plazo fijado “en el territorio nacional para la inscripción de candidatas a corporaciones públicas, que representen el género femenino” culminará el 15 de julio.
El artículo 28 del proyecto de Ley Estatutaria Número 190 de 2010 Senado – 092 de 2010 Cámara, “por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones” y que reglamentó el Acto Legislativo 01 de 2009, estableció que “las listas donde se elijan 5 o más curules para corporaciones de elección popular o las que se sometan a consulta -exceptuando su resultado- deberán conformarse por mínimo un 30 por ciento de uno de los géneros”.
El 23 de junio, en el comunicado en que se da cuenta de la sentencia C-490 de 2011, con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, la Corte Constitucional expresó en el décimo punto que, “en relación con el artículo 28 del Proyecto de Ley objeto de revisión” lo declaraba exequible prácticamente en su totalidad, incluyendo la cuota de género.
Como lo registró oportunamente EL NUEVO SIGLO, una iniciativa que comenzó a tramitarse para aplazar la implementación de la cuota de género se hundió en el Congreso.
Se trató del proyecto de Ley Estatutaria número 205 de 2011 Cámara, “por la cual se adoptan disposiciones sobre equidad de género y sobre financiación de las campañas electorales”.
“La nueva ley estatutaria se hundió, pues ya no hay tiempo para aprobarla porque necesitaba ser tramitada en una sola legislatura”, manifestó en su momento el ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas.
La iniciativa había recibido muchas críticas por el reversazo que representaba en dos temas cruciales (financiación y género) consignados en la reglamentación, a tal punto que varios congresistas comenzaron a referirse a ella como la “contrarreforma” política.
Por esos días el presidente de la Cámara, el representante antioqueño Carlos Alberto Zuluaga, del Partido Conservador, le manifestó a este Diario que “por mucho que se corra, no hay tiempo” para sacar adelante la iniciativa, agregando que “el Gobierno no le está haciendo ninguna fuerza” a ese articulado.
Alianzas
En una circular firmada por el secretario general del DNC, el ex congresista santandereano Jorge Humberto Mantilla, se les precisa a los Directorios Departamentales, Distritales, Municipales y Locales; Candidatos a cargos uninominales y corporaciones públicas de la colectividad cuáles son los “requisitos para validar alianzas con candidatos de otros partidos o movimientos para las elecciones regionales del 30 de octubre de 2011”.
“Ante la posibilidad de que se produzcan alianzas con candidatos de otros partidos o movimientos con miras a las elecciones regionales que se celebrarán el próximo 30 de octubre de 2011, me permito recordarles la normatividad interna del Partido permite realizar este tipo de acuerdos, siempre y cuando, se cumpla con el procedimiento establecido en el artículo 93 de los Estatutos”, suscribió Mantilla.
El aparte citado por el dirigente conservador determina que “las alianzas con otros partidos o movimientos políticos con personería jurídica se autorizarán mediante la Consulta interna o, en subsidio, mediante convocatoria que el directorio respectivo hiciere del Congreso Nacional o territorial para autorizarlas o negarlas”.
Así, Mantilla señaló que “de acuerdo con la citada disposición es menester que en los casos donde se considere conveniente optar por una alianza, no mediando la consulta interna, se acuda al mecanismo del Congreso del Partido como instancia para legitimar la decisión de los líderes y militantes del Partido de acompañar de forma organizada a un candidato de otra colectividad o movimiento político”.
SANCIONADA LEY DE LICENCIA DE MATERNIDAD POR 14 MESES
Desde ayer a las seis de la tarde las madres trabajadoras en Colombia disfrutarán de 14 meses de licencia de maternidad, pues a esa hora sancionó el presidente Juan Manuel Santos un proyecto en ese sentido que fue recientemente aprobado por el Congreso.
Anteriormente el descanso remunerado por maternidad estaba fijado en 12 semanas, en este sentido el principal objetivo de la iniciativa era elevar el tiempo de la licencia para que las madres trabajadoras no tengan que laborar prácticamente hasta el día del parto; además de que existan partos seguros y dignos para garantizar la atención debida tanto de la madre como de los bebés.
En este sentido la nueva ley ordena que la madre debe iniciar su licencia de maternidad por lo menos una semana antes de la fecha prevista para el parto, aunque puede ser incluso dos semanas antes.
Esta iniciativa, que fue aprobada al final de la legislatura pasada por parte de la plenaria de la Cámara, es de autoría de la senadora Claudia Wilches (La U) y acumuló proyectos que sobre el mismo tema presentaron los senadores Alexandra Moreno Piraquive (Mira), Dilian Fransca Toro (La U) y Juan Lozano (La U).
De esta forma, la legislación laboral colombiana se pone a tono con las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el sentido que la licencia de maternidad para las trabajadoras debe ser de al menos 14 semanas, dos de ellas antes de la fecha prevista para el alumbramiento.
La norma establece que podrán disfrutar de la licencia de maternidad todas las trabajadoras que se encuentren en estado de embarazo; padres adoptantes y padres que hayan perdido a su esposa o compañera permanente después del parto.
Si la madre hizo uso de la licencia dos semanas antes del parto (licencia de maternidad preparto) disfrutará de las 12 semanas tras el nacimiento de su bebé.
A las madres con parto múltiple se les ampliará la licencia en dos semanas más para un total de 16 semanas.
En caso de fallecimiento de la madre, antes de terminar la licencia de maternidad, se le concederá al padre del niño la licencia faltante.
ÁLVARO GÓMEZ Y LA CONSTITUCIÓN
Por JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO
”A lo que se llegó no difería de un acuerdo sobre lo fundamental”
CON toda justicia, el país ha exaltado por estos días la labor de quienes concibieron y promulgaron la Carta Política que nos rige, veintiuno de los cuales, infortunadamente, han fallecido.
- Uno de ellos, cuya participación en el proceso de renovación institucional resultó decisiva, fue Álvaro Gómez Hurtado. No sólo presidió con Horacio Serpa y Antonio Navarro la Asamblea Nacional Constituyente, sino que hizo valiosos aportes a la Constitución, convencido como estaba de que esa corporación gozaba de plenas facultades para expedir la integridad de aquélla, y no sólo para reformar la entonces vigente.
- La Constitución, cuya plena legitimidad y representación se vio allí reflejada en la coexistencia de las diferentes tendencias políticas e ideológicas, significó un consenso nacional de extraordinario valor, que por encima de las diferencias existentes entre los delegatarios, trazó las pautas de convivencia indispensables en Colombia en ese momento histórico. Para llegar a elaborarlo y consolidarlo, resultó esencial el aliento y el impulso de Álvaro Gómez, directamente o por conducto de quienes con él fueron elegidos a nombre del Movimiento de Salvación Nacional. Si la Constitución es lo fundamental en un Estado, aquello a lo que se llegó no difería mucho de la reiterada propuesta alvarista: un acuerdo sobre lo fundamental.
- Pero, además, una constante preocupación del líder asesinado era la referente a la necesidad de que el Estado colombiano no continuara presumiendo la mala fe de los ciudadanos cuando actúan, aun para el cumplimiento de sus obligaciones, ante las autoridades públicas. Ese criterio suyo fue consignado expresamente en el artículo 83 de la Constitución: “Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante éstas”.
- Otra preocupación de Álvaro Gómez estaba relacionada con el cumplimiento de los términos judiciales. El artículo 29 de la Constitución señaló como contrarias al debido proceso las dilaciones injustificadas, al paso que el 228 prescribió de manera tajante: “Los términos procesales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado”.
- Los delegatarios del Movimiento de Salvación Nacional ejercieron su influjo en materias tan importantes como la consagración de la acción de tutela y la estructuración de la Rama Judicial.
Todo ello -claro está- además de su formidable empeño en el imperio del Derecho y en la recuperación de la moralidad pública.
REVISTA SEMANA
LOS RETOS DE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE VÍCTIMAS
La Ley de víctimas fue sancionada el pasado 10 de junio.
La seguridad de los reclamantes, las presiones económica y armada, los conflictos entre reclamantes y la creación de una institucionalidad especial, son algunos de los desafíos que supone la restitución efectiva. ¿Por qué?
La Ley de víctimas es un paso histórico. Así la ha calificado el Gobierno y la comunidad internacional. Pese a que las organizaciones sociales han expresado reparos a algunos de sus puntos, su sola aprobación y sanción gubernamental es positiva, pues está orientada a saldar “una deuda histórica”, según las propias palabras del presidente Juan Manuel Santos.
No obstante, de su promulgación a su aplicación hay una gran distancia. La aplicación de la ley supone varios retos, que de no superarse podrían constituir el comienzo de un nuevo capítulo de violencia, según lo han dicho algunos analistas.
Esos retos son: la seguridad de los reclamantes de las tierras, la conciliación entre poseedores y campesinos, las tensiones entre los reclamantes, y la adecuación de la institucionalidad, entre otros.
La seguridad
Desde el 7 de agosto hasta la fecha ha habido más de 10 casos de asesinatos de líderes que representan comunidades desplazadas. En cerca de siete casos, según las autoridades, no está claro aún si los móviles fueron delitos comunes.
Entre ellos se cuentan los de la líder de desplazados Ana Fabricia Córdoba, asesinada el 7 de junio pasado en Medellín, mientras viajaba en un bus; el del concejal del Polo Democrático Antonio Mendoza, asesinado el pasado viernes y el de la líder indígena Carmen Fuentes asesinada en Montelíbano, Córdoba, este martes. Las autoridades intentan establecer cuáles fueron las razones por las que los asesinaron. No obstante, el solo hecho de que se presenten esos asesinatos pone al descubierto la dificultad de la protección de las personas que defienden los derechos humanos.
Para Yamile Salinas, abogada consultora del Grupo de Memoria de la CNRR y analista de Razonpublica.com, “sin la existencia de una política competente para resolver la impunidad no es posible una restitución de tierras”.
La abogada enfatizó el hecho de que la ley no dejó explícita la posibilidad de que la información que arrojen los procesos de reclamación de tierras pueda ser usada para abrir investigaciones, “ni siquiera disciplinarias” contra los funcionarios públicos que participaron en la cadena del despojo.
Para el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), “si se tiene en cuenta que, entre el 2002 y el 2011, 49 personas que estaban reivindicando su derecho a la tierra han sido asesinadas, se prevé un panorama de exacerbación de la violencia una vez inicien los procesos de restitución. Máxime si se tiene en cuenta que las medidas de protección que contempla la ley no son suficientes”.
La organización consultada por Semana.com se refería al hecho de que la ley establece medidas de protección contenidas en otras leyes, “que han demostrado ser ineficaces”.
A propósito, el Ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo, ha dicho que el Gobierno está comprometido con la seguridad de los líderes de los desplazados. “No vamos a hacerles el juego a quienes buscan crear desazón con la violencia. No van a parar el empeño político, que ya está comprometido y en marcha, de esta política de restitución”, dijo en una entrevista con Semana.com, una vez se aprobó la norma.
La presión económica y armada
La violencia para algunos ha sido la oportunidad para sacar provecho, pues cuando se ejerce contra una comunidad y esta se desplaza, se disminuye el precio de la tierra. La Ley de víctimas aceptó tácitamente que las tierras han cambiado de dueño, a partir de 1991, por la violencia. Por eso, en el artículo 77 estableció las “presunciones”, que en criterio de Andrés Celis, Coordinador de la Unidad de Protección de ACNUR, son herramientas que se incluyeron para salvaguardar los derechos de las víctimas.
Así, por ejemplo, se presume que en donde actuaron grupos armados hay tierras que posiblemente fueron usurpadas; lo mismo ocurre si se comprueba que hubo alteraciones significativas de los usos de la tierra, como la sustitución de agricultura de consumo y sostenimiento por monocultivos, ganadería extensiva o minería industrial; si se realizó negociación de tierras en lugares amparados por medidas de protección por desplazamiento o por riesgo que ocurriera, o donde la venta de los predios fue inferior al cincuenta por ciento del valor real.
Para Celis, la inclusión de esas presunciones es el reconocimiento de “una historia del conflicto”. No obstante, la ley prevé mecanismos para que los actuales poseedores de la tierra puedan demostrar que adquirieron los predios “de buena fe”. Esos poseedores en algunos casos han hecho inversiones grandísimas o se han endeudado. De hecho, la ley contempla la posibilidad de que esas inversiones sean en cultivos que se demoran varios años en producir. Desde ya se advierte que se podrían generar tensiones que pueden responder a dos posibilidades, según el representante de ACNUR: “presiones económicas o armadas, o una combinación de ambas”.
La ley establece el contrato de uso, una figura que le permite al inversionista arrendarle a la víctima el terreno, en los casos en los que demuestre que adquirió el predio de buena fe. Sin embargo, para la abogada Salinas, “las empresas siempre van a tener mejores abogados y dinero para tergiversar los procesos. Y un campesino, que muchos casos no tiene educación, gracias a esa norma va a terminar aceptando las condiciones de la empresa”.
“En estos casos se le restituye a la víctima el título sobre la tierra, pero se menoscaba su posibilidad real de decidir y disponer de ella en función de sus planes de vida”, dijo el ICTJ. , como contempla el derecho integral a la restitución.
“Esta figura podría resultar beneficiando a los victimarios del despojo, pues parte de las tierras usurpadas o apropiadas por los grupos paramilitares fueron utilizadas para desarrollar este tipo de negocios a través de testaferros, que les daban apariencia de legalidad”, agregó.
El reto que tiene el Estado Colombiano es lograr una conciliación en un escenario en el que hay intereses económicos, pero en el que los grupos ilegales podrían entrar a jugar un papel determinante.
Las tensiones entre reclamantes
En los territorios donde hay procesos de restitución en curso se van a generar expectativas entre los vecinos. Alguien se podría preguntar por qué un proceso se abrió y por qué el suyo no avanza, por ejemplo.
Esa tensión, supone un desafío “para que no se convierta en un factor de conflicto en la convivencia”, dijo Celis. El reto es establecer procedimientos claros, con suficiente información para que personas que tienen igual derecho puedan reclamar y la aplicación de la ley no se convierta en factor de conflicto.
La institucionalidad y la capacidad de respuesta
En muchos casos, antes de que los inversionistas obtuvieran las tierras, hubo autoridades locales implicadas en la usurpación o en el desplazamiento. Así lo demuestran las recientes denuncias del Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, quien ha dicho que con la ayuda de funcionarios públicos algunos predios han ido a parar a manos de narcotraficantes como el extinto Pedro Oliveiro Guerrero, alias ‘Cuchillo’.
La institucionalidad local tiene a su cargo decisiones importantes frente a la propiedad de la tierra. También es la encargada de otorgar los permisos para la explotación de recursos y de entregar las licencias ambientales, entre otras. Los mandatarios locales (gobernadores y alcaldes) inciden en el nombramiento de inspectores de policía, registradores, entre otros funcionarios que intervienen en los procesos de desalojo o de acceso a la tierra.
Por eso, Celis advierte que es muy importante estar atento al proceso electoral que se avecina, “porque se trata de la configuración del poder local”.
Salinas, por su parte, anotó que la ley estableció una institucionalidad especial para su aplicación. No obstante, recordó que la ley de Justicia y Paz también señaló los plazos para culminar los procesos a los paramilitares desmovilizados, que no se cumplieron, pues se generó un cuello de botella en el tribunal. “Porque la ley estableció la institucionalidad pero no los recursos económicos y logísticos, entre otros, para hacer efectivo su cumplimiento”, explicó.
En su criterio, la falta de respuesta podría “agravar más el problema” y la ley, como otras que se han expedido para resolver el problema de la tierra, podría terminar siendo inocua.
El presidente Juan Manuel Santos, el pasado 10 de junio durante el acto de sanción de la ley, comprometió a su gobierno para que la institucionalidad esté lista al finalizar este año. “Este mismo año se pondrá en marcha una puerta de entrada ágil y digna con el Registro Único de Víctimas, se divulgarán los beneficios de la ley, y comenzará la orientación a las víctimas, al tiempo que creamos la nueva institucionalidad”, dijo. “Todo esto debe estar listo antes de terminar el 2011”, agregó.
No obstante, la preparación de los defensores y los jueces toma tiempo. ¿Por qué?
El chip de los jueces
Esta es una ley que incluye medidas de justicia transicional, porque se aplican en un escenario en el cual se admite la existencia de un conflicto armado. Es decir, la norma parte del reconocimiento de que hay una situación anómala. Por esta razón, los abogados y jueces, para su aplicación, no deberían tener los mismos criterios del derecho que se utilizan en los juicios de casos en estados de normalidad.
De hecho, el propio Ministro Restrepo indicó que se creará un cuerpo élite de jueces agrarios. “Obviamente, habrá que escogerlos, formarlos y apoyarlos con la colaboración del Consejo Superior de la Judicatura. De esa manera, en lo posible se está precaviendo que haya un buen cuerpo de jueces que acompañe estos procesos de restitución”, dijo.
Muestra de que la ley es de una naturaleza distinta es que invierte “la carga de la prueba”. Es decir, que no son las víctimas las que tienen que demostrar que les arrebataron las tierras, sino los actuales poseedores que las adquirieron de buena fe. Entonces, en criterio de los expertos, los abogados y jueces tienen que “cambiar el chip”, pues lo que era considerado una prueba en un proceso normal, funciona de manera distinta en un proceso como este.
Para Salinas, quien ha sido asesora de abogados en diferentes organismos, el problema es mucho más estructural. “Mi percepción es que la mayoría de los jueces y magistrados somos preconstitucion del 91. Fuimos formados en la constitución del 86”, dijo. Además, indicó que en los procesos penales la norma en la que fueron formados los penalistas es el Código Civil, que también es anterior a la Constitución y ha sido reformado mas no sustituido.
En su criterio, en el país tampoco se ha desarrollado el derecho agrario. “Con una formación decimonónica y sin especialización en derecho agrario, la aplicación del capítulo de restitución de tierras va a ser muy complicado”, dijo.
Antes que el Estado, en este caso, las primeras que tienen qué abordar el reto son las universidades.
Lo que le espera a la sociedad y al Estado es un largo camino.
CMI
ALISTAN CAMBIOS AL SISTEMA DE SALUD
Según el ministro de la Protección Social, Mauricio Santamaría, el sistema de salud tiene muchos intermediarios donde todo el mundo participa: la nación, los hospitales, las EPS, los departamentos y los municipios.
“Y eso hace que sea tortuoso para su administración, y estoy de acuerdo con el procurador en que eso termina afectando es al usuario”, manifestó el ministro.
El ministro fue enfático en asegurar que hay que remover intermediarios que realmente no le presten ningún servicio al sistema.
“Es necesario reducir EPS para tener unas con mejor calidad para los usuarios”, dijo Santamaría.
Además se mostró de acuerdo en que sea la Superfinanciera la que vigile a las EPS.
Entre tanto, médicos y sociedades científicas consideran que al Gobierno se le está acabando el tiempo para actualizar el Plan Obligatorio de Salud, POS.
“Percibimos que hay una discrepancia en tiempos y movimientos, al considerar que este proceso prácticamente debió hacerse hace 2 años y en este tiempo que no se ha adelantado todo este proceso han sucedido cosas que han afectado directamente la viabilidad del sistema”, asegura Óscar Andía, director del Observatorio de Medicamentos de la Federación Médica de Colombia.
La Comisión de Regulación de Salud asegura que a mediados de octubre estará el listado con las nuevas inclusiones que para proponer y socializar con la ciudadanía y el sector médico, para tenerlo listo en diciembre.
Los pacientes rajan al Gobierno porque considera que no ven voluntad política.
“No pueden seguir tan tercos, especialmente el ministro, porque parece que no tuviéramos un ministro de Salud que entendiera las necesidades de los colombianos”, señaló Néstor Álvarez, representante de los pacientes de alto costo.
Mañana hay programada una vigilia al frente de la Corte Constitucional.